La comisión de posgrado de la facultad de odontología de la UNNE sra la encargada de asesorar al consejo directivo sobre las condiciones de aceptabilidad de un postulante a la carrera del Doctorado. Para ello recurrirá al análisis de documentación, entrevistas o cualquier otro elemento de juicio que considere oportuno, siguiendo los siguientes lineamientos.
A – Podrán ingresar a la Carrera odontólogos egresados de la Universidad Nacional del Nordeste u otra Universidades Nacionales, Provinciales o Privadas reconocidas o de universidades extranjeras en carreras cuyo desarrollo calendario sea de cinco o más años o una carga horaria equivalente.
B – En el caso de los egresados de otras Universidades, la comisión de posgrado de la facultad de odontología tendrá a su cargo evaluar si el titulo presentado por el postulante acredita estudios cursados que se correspondan conceptualmente con los de la Universidad Nacional del Nordeste. En función a ese análisis y los demás requerimientos, propondrán al consejo directivo la aceptación o no del postulante. La comisión de posgrado podrá requerir pruebas complementarias si la considera pertinente, para el análisis de los antecedentes presentados.
C – Los procedimientos citados en los incisos anteriores en ningún caso implicaran revalidas o equivalencias de títulos o asignaturas.
D –El postulante deberá demostrar conocimiento de idioma de Ingles que garantice posibilidad de acceso fluido a la literatura científica. Cuando la comisión de posgrado considere que la documentación aportada en tal sentido es insuficiente, podrá exigir una prueba de capacitación la modalidad y alcance que estime correspondiente.
E – Si el postulante cumple con los incisos precedentes, se elevaran las actuaciones al consejo directivo de la facultad de odontología que resolverá sobre la admisión del postulante en la Carrera Doctorado.